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¡La reforma al artículo 52 viola autonomía del Poder Judicial: Adolfo Suárez Ramírez!

HCE_06  Sesio¦ün Ordinaria 22 mayo 2014AGUASCALIENTES, AGS.- El procedimiento para presentar la iniciativa de reforma al artículo 52 de la Constitución del Estado de Aguascalientes, que busca extender el período de la Presidencia del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, viola flagrantemente tanto la propia Constitución local como la Ley Orgánica del Congreso, apuntó el diputado Adolfo Suárez Ramírez, al presentar, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (GPPAN) en la LXII Legislatura, la propuesta de punto de acuerdo para desechar dicha iniciativa.

Suárez hizo referencia al artículo 31 de la Constitución local y el 122 y 129 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, que establecen que toda iniciativa, sin otro trámite que su lectura ante el pleno, será turnada por la mesa directiva a la Comisión que corresponda, además de ordenar que cuando refiera al ámbito de competencia del Poder Judicial, deberá oírse la opinión de dicho poder.

El coordinador de los diputados panistas sostuvo que el procedimiento está viciado de origen al no haber dado lectura a dicha iniciativa ante el pleno, por lo cual deberá reponerse el procedimiento y dejar sin efecto las actuaciones realizadas, y así dar ejemplo claro de que el Poder Legislativo es el primero en respetar el principio de legalidad.

Suárez señaló que únicamente a partir de la presentación del citado punto de acuerdo del GPPAN, el Congreso solicitó la opinión y comentarios de los magistrados integrantes del pleno del Supremo Tribunal de Justicia.

Además, la iniciativa carece de  motivación y fundamentación, ya que no justifica la necesidad de prolongar la duración del cargo del presidente del Supremo Tribunal de Justicia a ocho años, pues a la fecha el actual presidente puede aspirar a dicho periodo bajo el esquema de la reelección.

El diputado comentó que dicha iniciativa violenta la autonomía e independencia del Poder Judicial, consagrada en los artículos 40, 115 y 116 de la Constitución Federal, pues de ser aprobada, el Congreso estaría realizando un acto de intromisión que rompe con el estado de derecho, al adjudicarse la facultad exclusiva del pleno del Poder Judicial del Estado de elegir a su presidente, violando y usurpando el procedimiento establecido en el artículo 52 de la Constitución local.

El diputado Mario Álvarez Michaus respaldó el punto de acuerdo presentado por el diputado Suárez, afirmando que otorgar a una persona un puesto por ocho años es darle un cheque en blanco, sin olvidar que mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación no permite la reelección inmediata, pues solamente tiene un periodo de cuatro años, en Aguascalientes estaría aprobando el incremento de ese periodo por ocho años y la sociedad estaría desprotegida al no saber qué intereses se esconden detrás de la intención de aprobar dicha iniciativa.

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