¡Dos sujetos que balearon en dos ocasiones un domicilio en Aguascalientes fueron vinculados a proceso!
AGUASCALIENTES, AGS.- En seguimiento a una denuncia realizada por la persona afectada, la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes obtuvo la vinculación a proceso en contra de Benjamín Baruch “N” y Octavio “N” por su probable responsabilidad en el delito de daño en las cosas doloso.
Los hechos ocurrieron durante la noche del 19 de julio de 2025, cuando la víctima se encontraba en su domicilio y escuchó fuertes ruidos provenientes del exterior.
Al día siguiente, al salir a revisar el lugar, encontró varios casquillos en el piso, por lo que decidió presentar su denuncia ante el agente del Ministerio Público.
Tras esta primera agresión, el denunciante reportó que el 21 de julio del mismo año nuevamente Benjamín Baruch “N” y Octavio “N” presuntamente habrían acudido a su vivienda y realizaron detonaciones de arma de fuego contra la fachada del inmueble, provocando daños visibles en la estructura.
Con base en la denuncia presentada y los elementos de prueba recabados, el agente del Ministerio Público integró debidamente la carpeta de investigación, logrando reunir los datos necesarios para solicitar una orden de aprehensión en contra de los presuntos responsables.
Agentes de la Policía de Investigación Criminal cumplimentaron la orden judicial en el interior del Centro de Reinserción Social, lugar donde ambos imputados ya se encontraban internos por otros delitos, entre ellos delitos contra la salud y también por daño en las cosas.
Durante la audiencia inicial, el juez de Control valoró los datos de prueba presentados por el Ministerio Público, determinando la vinculación a proceso en contra de Benjamín Baruch “N” y Octavio “N” por el delito antes mencionado al considerar fundada la acusación y justificada la continuación del proceso penal.
Como medidas cautelares, el juez impuso a los imputados la obligación de presentarse a firmar mensualmente ante la autoridad correspondiente, la prohibición de salir del estado, así como la restricción de acercarse al domicilio de la víctima o establecer cualquier tipo de contacto con ella durante el tiempo que dure el proceso judicial.